Adopciones en SLP deben centrarse en el interés superior de la niñez.

La reforma en materia de adopciones fortalece el reconocimiento constitucional del derecho de niñas, niños y adolescentes a formar parte de una familia, sin establecer diferencias por la composición de ésta, señaló el diputado Carlos Arreola Mallol, quien destacó que los cambios representan un avance en materia de derechos humanos y diversidad familiar.

El legislador explicó que elevar estos derechos al marco constitucional permite que se conviertan en una prioridad para el diseño de políticas públicas, la asignación de presupuesto y la elaboración de planes de desarrollo, además de brindar herramientas jurídicas frente a posibles actos arbitrarios de autoridades que obstaculicen un procedimiento de adopción.

Arreola Mallol puntualizó que la legislación no establece diferencias entre familias homoparentales, monoparentales o aquellas integradas bajo un esquema tradicional, pues la Constitución debe garantizar los mismos derechos para todas las personas y reconocer la diversidad de estructuras familiares que existen actualmente.

“Las familias son diversas en San Luis Potosí y establecer diferencias sería un tipo de discriminación”, sostuvo el diputado, quien añadió que el punto central de los procedimientos de adopción debe ser garantizar las mejores condiciones posibles para niñas, niños y adolescentes.

En este sentido, explicó que el derecho en materia de adopción debe analizarse principalmente desde la perspectiva de las personas menores de edad susceptibles de ser adoptadas y no únicamente desde la condición de quienes solicitan convertirse en adoptantes.

El legislador añadió que las parejas del mismo sexo pueden participar en procedimientos de adopción bajo las mismas condiciones y requisitos aplicables al resto de las personas interesadas, criterio que también ha sido establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El máximo tribunal ha determinado que la orientación sexual no constituye, por sí misma, un elemento válido para excluir a una persona o pareja de un procedimiento de adopción. (Suprema Corte de Justicia de la Nación⁠)

Finalmente, Arreola Mallol afirmó que la prioridad del Estado debe ser evaluar la idoneidad de quienes buscan adoptar y garantizar que niñas y niños puedan contar con condiciones adecuadas de vivienda, alimentación, cuidado, desarrollo y protección integral de sus derechos.

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